Tributación
Los
mecanismos de control por parte de la autoridad tributaria se han ido
incrementando conforme ha evolucionado la aplicación de la figura.
Actualmente
está vigente un régimen particular que involucra a los fideicomisos financieros
y no financieros, constituidos en el país y en el exterior.
Se
trata de la R.G. 3312 (AFIP) que
estableció un “Régimen de Información y
un Régimen de Registración de Operaciones”, cuyas características
básicamente son las siguientes:
·
Régimen
de Información Anual:
deben informar con corte de información al 31/12 de cada año: los fiduciarios
de fideicomisos financieros y no financieros del país y fiduciarios y fiduciantes/beneficiarios
de fideicomisos constituidos en el exterior.
En
el caso de los fideicomisos no financieros se deben proveer datos completos de
fiduciarios, fiduciantes, beneficiarios y fideicomisarios, clase o tipo de
fideicomiso, datos de bienes y/o sumas de dinero entregadas e información
contable.
La
presentación vence en el mes de Julio del año inmediato siguiente al informado
y se formaliza mediante transferencia electrónica de datos utilizando un
programa aplicativo denominado “AFIP- DGI Fideicomisos del país y del exterior
– Versión 1.0”.
La
vigencia es a partir del período finalizado el 31/12/2012.
·
Régimen
de Registración de Operaciones:
deben informar: los fiduciarios de fideicomisos financieros y no financieros
del país, fiduciarios yfiduciantes/ beneficiarios de fideicomisos constituidos
en el exterior y vendedores/cedentes y adquirentes/cesionarios de
participaciones de fideicomisos constituidos en el país.
Deberán
informar dentro de los 10 días hábiles administrativos de formalizadas las operaciones,
datos referidos a:
v
Constitución
inicial de fideicomisos.
v
Ingreso
y egreso de fiduciantes/ beneficiarios.
v
Transferencia
de participaciones o derechos.
v
Entrega
de bienes efectuadas posteriores a la constitución.
v
Modificaciones
del contrato.
v
Asignación
de beneficios.
v
Extinción
de contratos.
Las
registraciones se efectuarán a través del sitio Web ingresando con clave fiscal
al servicio “Registración de Fideicomisos del País y del Exterior”.
La vigencia es para las operaciones formalizadas a partir del 01/01/2012.
A
posteriori, en el Boletín Oficial del 15/11/2013 se publica la R.G. 3538 (AFIP) que modifica la RG
3312 disponiendo la obligación adicional de presentar electrónicamente la
documentación respaldatoria de las operaciones registradas mediante archivos
con formato “.pdf”. Además, establece
que los obligados al Rég. de Información Anual deberán presentar, excepcionalmente,
también de manera electrónica y en archivo “.pdf” el contrato de constitución inicial
del fideicomiso y las modificaciones que se hubieran producido, de las
operaciones registradas a partir del 01/01/2013.
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